lunes, 19 de diciembre de 2011

Mèxico : Bajo ataque, derecho a la difusión de información en México...Europa en Llamas/TerceraInformación |

Ahora, México emprende soterradamente una cruzada de legislación anti-piratería y anti-difusión.
El miércoles 14 de setiembre el senado mexicano aprobó por sorpresa una reforma en la Ley de Propiedad Industrial y en la Ley Federal del Derecho de Autor. Los activistas que durante los últimos años han venido monitoreando las actividades de las Cámaras legislativas en materia de regulación de internet fueron tomados por sorpresa. Y no es extraño: la ley fue reformada fast-track mientras México convulsionaba entre la indignación causada por el asesinato a balazos de tres estudiantes en una manifestación y la histeria provocada por los continuos lapsus del candidato del PRI.
Culpable por defecto y sanciones impagables
La sorpresiva reforma a la Ley de Propiedad Intelectual especifica que a partir de ahora, quien se niegue a dejar entrar al IMPI en su casa o negocio para realizar una inspección, será culpable por defecto de los hechos que se le imputan (art. 206). Abre además la puerta a que la inspección pueda realizarse sin testigos sin que esto afecte el valor probatorio del acta (art.208) y permite que el IMPI tome fotografías y videos con valor probatorio. Otra novedad es que convierte en infracción administrativa impedirle el acceso al personal del IMPI (art.213). En cuanto a la reforma de la Ley Federal de Derechos de Autor (art.232), las sanciones aumentan desde diez mil días de salario mínimo hasta cuarenta mil. O sea, la infracción máxima posible aumenta desde unos 560.000 pesos mexicanos (unos 35.000 euros) hasta la nada despreciable cifra de más de dos millones de pesos (unos 140.000 euros).
En Jalisco, presiones económicas consiguen aprobación de “Ley Mordaza”
Desde el estado de Jalisco llegó otro golpe bajo la semana pasada, cuando los diputados aprobaron también por sorpresa una nueva ley en materia de Transparencia y Acceso a la información, que criminaliza a cualquiera que difunda “información confidencial”. Las sanciones no incluyen solamente a particulares sino también a medios de comunicación que revelen información confidencial. Cabe remarcar que la aprobación de esta ley parece haber estado condicionada a fuertes presiones económicas. Tras un caso de corrupción interna, se descubrió que el Congreso de Jalisco había agotado sus fondos y no tenía dinero para pagar ni el sueldo del mes de diciembre ni el aguinaldo correspondiente a sus diputados y empleados. Un día después de la aprobación de esta ley, el gobierno del estado inició las gestiones para la entrega de fondos al Congreso de Jalisco, presumiblemente, de 200 millones de pesos, pues esta era la cantidad solicitada por el congreso local.
Contra la difusión de información, llega la “Ley Doring”
A cargo del Senador Doring –antiguo detractor del ACTA que repentinamente ha cambiado de bando- llega otra reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor y a la Ley de la Propiedad Industrial. Parece claro que el estado mexicano busca criminalizar como sea la libre distribución de información en internet –y no solo la comercialización de material sobre el cual no se poseen los derechos de autor-. Si en una anterior reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor ya se había incluido como infracción la “fijación de material de una obra” (“fijación” en referencia a lo que en internet conocemos como “embedeo”), Doring busca ahora criminalizar también la “puesta a disposición” de la obra, sin importar que la distribución de esta se haga con fines comerciales o no. La reforma a la ley es clara: “se entiende por infracción […] la puesta a disposición de copias de obras […] protegidos por los derechos de autor”. La infracción se detectará a través de la IP del usuario, cosa que convierte la reforma en “básicamente una HADOPI”, según la opinión de Geraldine Juárez, la encargada de dar seguimiento a los asuntos cibernéticos de México para la publicación digital ALT1040:
Igual que HADOPI, el cual es un organismo y no solo una ley, el IMPI podrá pedir información al ISP relacionada con la IP asociada al procedimiento. Pero aquí no hay tres notificaciones y no se desconecta a nadie del internet, simplemente se multa. Las infracciones contra la explotación normal de la obra, serán sancionadas por el IMPI con multa de 30 hasta 20000 días de salario mínimo.
Silenciar a los comunicadores mexicanos
Aunque todas estas iniciativas se presentan en un nítido discurso “anti-piratería” o “pro-transparencia”, el convulso contexto social mexicano no puede ser obviado cuando de interpretar los fines que estas leyes persiguen se trata. México es uno de los países más riesgosos en el mundo para ejercer tanto el periodismo como la protección de causas sociales y derechos humanos. Constantes asesinatos y desapariciones de periodistas, comunicadores y defensores de derechos humanosasí lo han demostrado. El silencio periodístico se ha extendido ya a numerosos estados del país –particularmente los del norte, aunque no exclusivamente- y los medios de comunicación ya no reportan numerosos hechos de importancia por miedo a la represión que puede llegar en forma de asesinato o desaparición del periodista. Casos de incendios y atentados contra redacciones de medios de comunicación son comunes. Al menos ocho periodistas han sido asesinados en México en lo que va de año, y en total más de 67 han muerto desde el año 2000, según la organización Artículo 19.

El uso de blogs y redes sociales como forma de comunicación es vital en México, donde por ejemplo, el Blog del Narco es uno de los medios de comunicación anónimos más visitados del país. Igualmente, numerosos blogs anónimos proporcionan información sobre temas que los periódicos no se atreven a tratar. Redes sociales como Twitter permiten el uso de hashtags de prevención que geolocalizan balaceras en estados como Tamaulipas, Chihuahua, Nuevo León, Guerrero y Veracruz. La importancia de estos medios ciudadanos, que a menudo utilizan videos y fotografías con derechos de autor (así como información que en muchos casos podría ser catalogada como “confidencial”) para ilustrar o difundir sus comunicados, no puede ser desestimada.
Esta semana, por ejemplo, tuvimos un caso emblemático del uso de materiales importantes con derechos de autor por parte de las redes ciudadanas. La cadena Univisión subió un video en Youtube donde se mostraba la entrada de un pequeño convoy de soldados estadounidenses en territorio mexicano, video que más tarde fue retirado por la cadena pero que los internautas alcanzaron a copiar y difundir. ¿Es ético criminalizar a los internautas que lo difundieron, sobre todo considerando que ya sin estas violentas legislaciones se trata de ciudadanos que pueden enfrentarriesgos muy variados por sus actividades de difusión? El riesgo de aprobar leyes que criminalicen y penalicen con multas astronómicas estos mecanismos de defensa ciudadana es enorme.

Vìa :
http://tercerainformacion.es/spip.php?article32023

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