domingo, 8 de abril de 2012

Chile: Carta denuncia, en contra de Carabineros, firmada por más de 40 legistas....el ciudadano

Acá presentamos una carta que se entregó el miércoles 4 de abril, recién pasado, a la Directora del Instituto de Derechos Humanos, ante la Detención Ilegal y Tortura en contra del abogado Julio Cortés, y de otros abogados, así como el abuso que comete Carabineros en contra de menores de edad, en el mismo orden.

 


Santiago, 04 de Abril de 2012
SEÑORA
LORENA FRÍES
Instituto Nacional de Derechos Humanos
En el contexto de violencia social al que asistimos desde hace un tiempo, los abogados abajo firmantes queremos manifestarle a usted y a los miembros que integran la institución que usted dirige, lo siguiente:
1.- Nos preocupa el distanciamiento entre los principios y normas de un Estado de derecho democrático y la actuación policial, manifestada en altos niveles de represión. Rechazamos en consecuencia, la irracional violencia policial empleada contra los miles de hombres y mujeres que a lo largo y ancho de nuestro país se manifiestan, particularmente en el estamento estudiantil y la localidad de Aysén, así como la aplicación de la ley de Seguridad del Estado, respecto de estos últimos.
2. En este contexto, denunciamos las numerosas detenciones ilegales que a diario se verifican en distintas unidades policiales, muchas de las cuales, incluso, han sido declaradas así por los juzgados de garantía. Asimismo, las violaciones al derecho a defensa que se han producido en el paso previo al control de detención (unidades policiales generalmente). Nos preocupa el vacío de la legislación procesal penal en orden a hacer cumplir los principios limitadores del ius puniendi en el lapso comprendido entre la detención de las personas y la circunstancia de ser puestas a disposición de la justicia. Creemos que existe una “tierra de nadie” en materia de respeto a las garantías individuales, que se ha convertido en un factor criminógeno favorable a la comisión de múltiples atropellos, como los que en esta misiva se señalan.
3. Nos preocupa el hecho que la citada conducta, particularmente de parte de Carabineros, desconoce absolutamente los derechos y garantías no solo de los imputados, especialmente tratándose de menores infractores de ley penal, sino también de abogados defensores. En tal sentido denunciamos las detenciones ocurridas durante el último período de varios abogados defensores, tales como la colega MARGARITA PEÑA HUMAÑA, hecho ocurrido el día 01 de marzo de 2012 en circunstancias que acompañaba a un sindicato a las dependencias de la Dirección del Trabajo, dada su especialidad de laboralista; la detención del colega PABLO VILLAR MAUREIRA en dos ocasiones, en lo propio, durante el año 2011, quien además fue golpeado por carabineros, como asimismo, la detención y tortura a la que fuera sometido recientemente también el colega JULIO CORTÉS MORALES el día 15 de marzo de 2012.
Respecto de esta última, es dable señalar que Julio Cortés Morales es profesor de derecho de la infancia en la Universidad Central de Chile; de criminología en la Universidad Arcis, y colaborador de la Defensoría Popular. En su labor docente le ha tocado capacitar en estándares de protección de derechos humanos de niños y niñas a los distintos sectores del sistema penal: jueces, defensores, fiscales y también a las policías y particularmente a Carabineros de Chile. Además, presta funciones en la Universidad Central como abogado de estudiantes. Al momento de su detención, el colega Cortés se dirigía a verificar la detención de unos estudiantes de la universidad Central en la Tercera Comisaría de carabineros. Al llegar a las inmediaciones de La Moneda, cerca de mediodía, intervino profesional y verbalmente ante Carabineros de Fuerzas Especiales que repelían violentamente a unos jóvenes universitarios, por considerar que se trataba de un procedimiento ilegal. En este contexto solicitó identificación al carabinero que dirigía el procedimiento, la que no sólo le fue negada, pese a que el funcionario estaba obligado legalmente a proporcionarla, sino que además este mismo funcionario ordenó al piquete que comandaba que procedieran a detenerlo en el acto. Se le condujo al interior de un carro policial pequeño, vehículo en el cual lo mantuvieron por un espacio de tres horas, junto a un grupo aproximado de 16 jóvenes, menores de edad. Uno de ellos ostentaba una visible herida en el rostro producto de los golpes policiales y varios sufrieron desmayos y otras afecciones derivadas de la deshidratación e hipertermia, habida consideración de las altas temperaturas a las cuales fueron expuestos, las que a lo menos se situaron en los 40º C. Durante estas tres horas, y a pesar de que su detención se verificó a dos cuadras de la comisaría donde finalmente fue conducido, los trasladaron por varios puntos de la capital.
Ya en la unidad policial, cerca de las tres de la tarde, varios abogados de los aquí firmantes pudimos apreciar como el colega Cortés se desvanecía y caía desmayado producto de la tortura que sufrió durante el encierro en un lugar extremadamente reducido, prácticamente sin aire, a unos 40°, con 16 personas más, cuestión que motivó a una abogada del Instituto Nacional de Derechos Humanos a interponer un amparo de garantía, el cual por disposición de la jueza de turno ni siquiera se acogió a tramitación. La libertad del colega Cortés se obtuvo por vía administrativa al ser ordenada por el fiscal del Ministerio Público, cerca de las seis de la tarde. En tal sentido, nos preocupa enormemente el distanciamiento que puede advertirse en este caso entre el rol de un juez de ”garantía” y la decisión adoptada por la jueza de turno, pues no parece condecirse con las recomendaciones del Relator Especial sobre derechos civiles, en su Informe sobre Tortura de 2006: “Los jueces deben aprovechar plenamente las posibilidades que brinda la ley en cuanto al procedimiento de hábeas corpus (procedimiento de amparo). En particular, deben tratar de entrevistarse con los detenidos y verificar su condición física. La negligencia de los jueces con respecto a esta cuestión debería ser objeto de sanciones disciplinarias” (párr.139. Torture and other cruel, inhuman or degrading treatment or punishment. Report of the Special Rapporteur. Addendum. Follow-up to the recommendations made by the Special Rapporteur, Manfred Nowak, 21 de Marzo 2006).
La detención del colega Julio Cortés ha sido para nosotros un hecho paradigmático que marca un antes y un después en la lucha por el respeto a las garantías constitucionales, a muchos de los aquí firmantes a veces se les han puesto trabas en las comisarías al llegar a preguntar por detenidos porque “no estamos en la lista de abogados” que poseen en las comisarías, en un acto claramente ilegal; en otras ocasiones se nos ha exigido presentar el carnet del colegio de abogados, cuestión además ilegal pues colegiarse es un acto voluntario; en otras ocasiones debemos esperar largas horas desde que llegan los buses policiales con detenidos a las comisarías y el ingreso de los mismos a la comisaría. El detenido prácticamente “no existe” desde su detención y hasta su ingreso, nada podemos saber de él mientras permanece a disposición del jefe de fuerzas especiales, lo que se torna particularmente gravoso cuando se trata de menores de edad, habida consideración de los hechos que aquí se relatan y lo que el colega defensor Cortés observó personalmente.
Sin perjuicio de que se ejercerán las acciones legales pertinentes por los hechos que aquí se denuncian, solicitamos a Usted disponga y administre todas las medidas necesarias, dentro de la esfera de vuestra competencia, conducentes a velar por el respeto a los derechos y garantías constitucionales de los detenidos, especialmente de menores infractores de ley penal y de los abogados defensores, solicitando o recomendando, entre otros, la apertura de la investigación administrativa que corresponda al interior de Carabineros por los hechos del día 15 de marzo, una revisión urgente de los procedimientos de detención, de la formación que reciben las fuerzas especiales de Carabineros, así como las instrucciones sobre los límites de su actuación que éstos reciben por parte de los poderes del Estado, especialmente del Ministerio del Interior y las Intendencias respectivas. Algunos excesos policiales son hechos aislados, pero muchos excesos policiales como los que venimos asistiendo en el último tiempo, denotan ya un patrón de conducta en el cuerpo de policía que no se condice con el debido respeto que institucionalmente debe darse a los derechos humanos, pilar fundamental dentro del Estado de derecho democrático.
Saludan muy atentamente a la Sra. Presidenta del Instituto Nacional de Derechos Humanos:
1 Araya Flores, María Mónica
2 Arenas Rodríguez, Juan Andrés
3 Arriaza Donoso, María Alejandra
4 Arteaga Sepúlveda, Luis
5 Barbería Miranda, Margarita
6 Bereaud Barraza, Joseph
7 Betancourt Gallegos, Viviana
8 Collado González, Rafael
9 Correa Barraza, José Luis
10 Cortés Morales, Julio
11 Cortés Muñoz, Mario
12 Cruz Rivera, Cristian
13 Daza Carrasco, Mauricio
14 Díaz Rebolledo, Carlos
15 Escalona Orellana, Raúl
16 Espinoza Gaete, Fabiola
17 Espinoza Pino, Alberto
18 Galarce Wensel, Sebastián
19 García, Rodrigo
20 Gutiérrez Gálvez, Hugo
21 Horvath, Valentina
22 Labra Videla, Consuelo
23 Lavín López, Eduardo
24 Letelier del Solar, Fabiola
25 Lizana Ormazábal, Washington
26 Lizana Sierra, María Constanza
27 Loyola Madrid, Rodrigo
28 Macías Espinoza, José Antonio
29 Mancilla Domínguez, Juan
30 Mena Castañeda, Leonardo
31 Meza-Lopehandia, Matías
32 Miranda Urrutia, Nelson
33 Montenegro Montenegro, Santiago
34 Morales Cortés, Lorenzo
35 Nehgme Cristi, Fahra
48 Villegas Díaz, Mirna

Vìa,fuente:
http://www.elciudadano.cl/2012/04/07/50679/carta-denuncia-en-contra-de-carabineros-firmada-por-mas-de-40-legistas/

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