La justicia había archivado los dos procedimientos judiciales abiertos contra los administradores
La comisión administrativa designada por la
conocida como Ley Sinde ha abierto su primer expediente contra la web
bajui.com. Fuentes jurídicas indican que en las próximas horas se
conocerán al menos otros ocho casos.
Redacción web
- Caricatura del ministro de Cultura, José Ignacio Wert, expuesta en el Colegio de Arquitectura de Barcelona. Imagen: Nicolás Soto
La web de enlaces bajui.com
es la primera contra la que ha actuado la conocida como Ley Sinde, que
permite el cierre de páginas web sin pasar por ningún tribunal. La
comisión administrativa designada por esta ley considera a los
administradores de esta web responsables de dirigir mediante un enlace
al álbum "Un ramo de rosas", de la cantante Luz Casal, y tendrán 72
horas para retirar el hipervínculo dirigido a la web uploaded.to. Según
fuentes jurídicas vinculadas al movimiento pro cultura libre, al menos otras 8 web de enlaces han recibido en el día de hoy notificaciones de este estilo y en las próximas horas se hará público cada uno de los casos.
El abogado David Bravo, que representa a los administradores de esta página web, ha revelado el estreno de la comisión Sinde en un artículo en El Diario.
Según informa Bravo, sus defendidos no tendrán ninguna posibilidad de
recurrir dado que bajui.com "no es técnicamente parte en el
procedimiento, no tendrá una concreta fase de alegaciones y solo se
dirigirán a él para que retire los enlaces en 72 horas desde que se le
notifique la resolución". En el caso de que los administradores de
bajui.com se negaran a cumplir este requerimiento,
La página de enlaces ha pasado ya por dos procesos, uno
penal y otro civil. En ningún de los dos vías llegó a celebrarse juicio
dada la debilidad de la acusación ejercida por la Sociedad General de
Autores y Editores (SGAE), según aclara Bravo, que comenta irónicamente
"Salvo que le lleven ante la justicia militar, ya no le quedará juzgado
por conocer".
¿Quién forma la Comisión Sinde?
La Comisión de Propiedad Intelectual, el organismo que
ha actuado en este caso, está regulada en el Real Decreto que dio curso
el 30 de diciembre a la disposición final tercera de la Ley de Economía
Sostenible (la conocida como Ley Sinde). Se trata de un órgano que actúa
por medio de dos secciones, una de ellas dedicada a
la "mediación y arbitraje" y otra, la que ha tomado parte en este caso,
dedicada a la “represión violaciones de la propiedad intelectual".
Según analiza en su blog el jurista José Ramón Chaves, no se conoce quién forma parte de esta segunda sección.
La ley sólo aclara la participación de la Secretaría de Estado de
Cultura, o de una persona delegada. Los otros cuatro vocales son
funcionarios de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte,
Industria, Energía y Turismo, Presidencia, y Economía y Competitividad,
cuya identidad se desconoce.
Las operadoras europeas restringen conexiones no rentables como el P2P o la telefonía IP
Un informe de los reguladores europeos de
telecomunicaciones ha mostrado que una de cada cuatro operadoras
europeas de móvil restringe las llamadas de telefonía IP (a través de
servicios como Skype o Google Talk). Es una de las conclusiones de una
encuesta enviada a 496 operadores móviles y fijos de 32 países, que han
detallado sus prácticas para gestionar el tráfico que pasa por sus
redes.
Según la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones,
la telefonía IP "resta ingresos a las operadoras porque son llamadas
que no se han hecho a través de su red sino a través de servicios de
terceros, como Skype". Esto no afectaría tanto a la banda ancha (sólo 2
de 266 compañías) sino a las operadoras de móvil.
El estudio europeo muestra que una de cada tres
operadoras de móvil consultados restringe también el tráfico P2P. La
comisaria Neelie Kroes ha declarado ante esta encuesta que no propone
"obligar a todos los operadores a dar un internet completamente abierto.
Corresponde a los consumidores darles la espalda [a los operadores que
ponen límites]“.
Según publica la CMT, "la receta de Kroes pasa por más
transparencia y más información para que los usuarios sepan qué tipo de
servicios contratan". El estudio, que se puede descargar en el blog de
la CMT, no cita nombres concretos de compañías que restringen el acceso.
Vìa:
http://diagonalperiodico.net/Primera-intervencion-de-la.html
http://diagonalperiodico.net/Primera-intervencion-de-la.html
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